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CÓMO RECUPERAR UNA VIVIENDA OCUPADA ILEGALMENTE

Puertas antiokupa
Publicado de Acción Okupa en Normativa ocupación ilegal · 24 Julio 2021

Cómo recuperar una vivienda ocupada ilegalmente


Cada vez es más frecuente que las personas sin recursos económicos ocupen ilegalmente las viviendas de otros. Puede ser porque no pueden acceder a tener un hogar o porque no pueden abandonar la casa que tienen alquilada. Esta situación está generando cada vez más alarma social entre los propietarios de las viviendas, y ante el temor de que su casa pueda ser ocupada están invirtiendo cada vez más en reforzar su seguridad. También muchos de ellos deciden informarse sobre cómo recuperar una vivienda ocupada ilegalmente por si desgraciadamente tuvieran que pasar por esta situación. La ocupación ilegal puede llegar a ser un verdadero problema, recuperar una vivienda ocupada no es nada fácil, ni siquiera con la nueva normativa que ha entrado en vigor hace pocos años.

¿Quieres conocer cómo se produce el desahucio de una vivienda ocupada?

Si te preocupa el problema de la okupación ilegal de las viviendas, lee este post. Te vamos a contar todos los procedimientos de desahucio que existen y también vamos a darte unos consejos para evitar que los okupas entren en tu vivienda.

En Acción Okupa nos encargamos de evitar que tengas que sufrir el largo y costoso proceso de recuperar tu vivienda ocupada. Para ello, te ofrecemos las puertas antiokupas más seguras de mercado. Su calidad está garantizada porque está fabricada con los materiales más resistentes y con las últimas tecnologías. Tu seguridad es lo primero, y si necesitas instalar una puerta antiokupa en tu vivienda puedes llamarnos desde cualquier parte de España. En menos de 24 horas te la instalamos sin necesidad de obras. Si solo la necesitas temporalmente te ofrecemos la posibilidad de alquilar una puerta antiokupa por un precio muy económico. ¡Nos adaptamos a tus necesidades!


¡Evita a los okupas!


¿Qué es una vivienda ocupada ilegalmente?


Una vivienda ocupada ilegalmente es aquella en la que vive un ocupante sobre la que no tiene título, derecho o arrendamiento.

Debes saber que un okupa puede conseguir la posesión adversa de la propiedad a través de una transferencia involuntaria. Un propietario que no utilice o inspeccione su propiedad durante varios años puede perder el título de propiedad en favor de otra persona que reclame el terreno, lo use o tome posesión del mismo. Lo más habitual es que la persona que entre sin permiso a una propiedad no realice ningún pago económico por ese derecho. Podría ser alguien que quiera vivir en dicha propiedad, un inquilino que deja de pagar el alquiler aunque siga viviendo en ella, o un inquilino que a pesar de la finalización del contrato de alquiler continúa residiendo sin pagar.


Viviendas ocupadas en España


En España, el problema de la okupación ilegal es uno de los que más preocupan a los propietarios de las viviendas, y es que en los últimos años el número de denuncias por viviendas ocupadas de manera ilegal no ha dejado de crecer. Según datos del Ministerio del Interior, en el primer semestre de 2020 se contabilizaron 7.450 denuncias frente a las 7.093 de mismo periodo en 2019. Si miramos por comunidades autónomas, durante el primer semestre de 2020 Cataluña era la más afectada, le seguían Andalucía y Madrid. Todo este incremento de la ocupación ha provocado también un aumento de los litigios por la recuperación de las viviendas ocupadas ilegalmente.


Problemas que ocasiona una vivienda ocupada ilegalmente


Una vivienda ocupada ilegalmente ocasiona verdaderos problemas a su propietario. Por ello, debes evitar a toda costa que te suceda a ti.

● Gastos económicos:
Entre los gastos económicos están los derivados de la reparación de los daños producidos en el inmueble por los okupas al entrar allí. Pero, también los que se refieren a los que se invierten para tratar de resolver el problema.

● Tiempo:
Vas a pasar muchos meses en los juzgados reclamando tu propiedad. El proceso de desalojar una vivienda ocupada es muy largo, a veces llega a ser un poco desesperante.

● Preocupación:
Durante el tiempo que dure el proceso de recuperación de tu propiedad sentirás preocupación, ansiedad, incertidumbre e incluso estrés.


Categorías de ocupaciones ilegales de inmuebles


Desde el punto de vista jurídico, pueden establecerse las siguientes categorías de ocupaciones ilegales:

● Primera vivienda ocupada:
Esta situación no es la más frecuente, pero la policía reconoce que en alguna ocasión ha sucedido. En ese caso para recuperar la vivienda ocupada ilegalmente tendríamos que ir a la vía penal por un delito de allanamiento de morada que está recogido en el Código Penal. La policía podría desalojar la vivienda inmediatamente en el supuesto de que se denuncie en el mismo momento o día en el que se produce. En estos casos, las primeras 24-48 horas son la clave.

● Segunda residencia:
En este caso no se está protegiendo la morada porque el inmueble se encuentra vacío temporalmente o deshabitado completamente. Se protege la propiedad y la solución para conseguir la recuperación de la vivienda ocupada es diferente. En estas situaciones, el propietario no suele detectar la ocupación en las primeras horas, y por tanto al okupa le da tiempo de sobra a instalarse en la vivienda, lo que dificultará más el desalojo. Estaríamos ante un procedimiento de desahucio de la vivienda ocupada en precario.

● Inmueble propiedad de persona física:
Cuando el titular de la vivienda ocupada ilegalmente es una persona física las penas son más duras, e incuso pueden llegar a ser de prisión. En función de si es primera o segunda residencia, se puede recurrir a la vía penal o civil para recuperar la titularidad de inmueble ocupado.

● Inmueble propiedad de persona jurídica:
Es bastante frecuente que las viviendas ocupadas sean de bancos o promotoras. En estos casos el procedimiento de desalojo es más complicado, porque la nueva ley antiokupas los deja desprotegidos. Además, muchas veces las entidades desconocen que la propiedad está ocupada y no denuncian. Sin existir la denuncia no se puede iniciar un procedimiento de desahucio. En este caso, al ser la vivienda ocupada ilegalmente de una persona jurídica estaríamos ante un delito de usurpación y las penas serían solo multas económicas.


Nueva ley antiokupas


La ley sobre la okupación ilegal se ha ido modificando en los últimos años por la necesidad de amparar a los propietarios de las viviendas ocupadas ilegalmente, dado el incremento  del número de denuncias por este problema.


Hasta la modificación de la LEC (Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil), cuando existía una vivienda ocupada ilegalmente se presentaba la denuncia a la policía para que identificara a los okupas, y una vez reunida toda la documentación para presentar una demanda de desahucio, este podía llegar a tardar unos 9 meses. Además, como propietario tienes que hacerte cargo de los gastos procesales, que incluyen los honorarios de los abogados y del procurador.

Después se aprobó la llamada “ley de desahucios exprés” (Ley 5/2018, de 11 de junio, de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil). Esta ley apareció para dar respuesta rápida en los casos de inmuebles ocupados de manera ilegal. Se modificó para permitir una acción civil en los casos de okupación al ser una vía más rápida que la penal. Protege tanto a propietarios como a administraciones públicas, pero deja fuera a entidades financieras, promotoras o fondos de inversión. Su entrada en vigor ha permitido reducir mucho los costes y los tiempos para recuperar la titularidad de la vivienda ocupada. Elimina a necesidad de tener que identificar a los okupas, algo que generaba muchos problemas si no conseguían identificar a los desconocidos que habitaban la propiedad.

Ahora, para iniciar el proceso de desalojo de una vivienda ocupada ilegalmente es suficiente con presentar una demanda civil de desahucio junto con los documentos que demuestren la titularidad del inmueble okupado. Se ha de pedir la entrega inmediata de mismo y el desalojo del ocupante. Una vez se le ha notificado al ocupante de la vivienda la demanda, dispone de un plazo de 5 días para acreditar documentación que demuestre que posee derecho real a ocuparla, por ejemplo un contrato de alquiler o una escritura de compra. Si no contestan o contestan pero no presentan la documentación, el juez autorizará el desahucio. Si presentan documentación y contestan, se iniciara un proceso verbal para comprobar la veracidad del documento.

El Gobierno modificó al inicio del 2020 sutilmente la ley al prohibir el desahucio de los okupas que no utilicen la violencia y de los colectivos más vulnerables, como mujeres que son víctima de violencia de género, las personas dependientes y las familias con menores de edad. Estas modificaciones se aprobaron que estarían vigentes solo hasta la finalización del estado de alarma el 9 de mayo.


Tipos de procedimientos de desahucio de una vivienda ocupada ilegalmente


Como se pueden dar distintas situaciones de ocupación ilegal existen distintos tipos de desahucios:

● Por ocupación ilegal:
Se produce cuando en la vivienda ocupada ilegalmente está una persona que no tiene derecho ni consentimiento para habitar allí.

● Por incumplimiento de contrato de alquiler:
Sucede cuando el inquilino de un inmueble arrendado deja de cumplir con sus obligaciones de pago o continúa utilizando el inmueble a pesar de que el contrato ha llegado a su fin.


Por ocupación ilegal


Si se da el caso de desahucio por ocupación ilegal, se puede recurrir a dos vías:

Vía penal:
Se puede recurrir a ella cuando el okupa esté cometiendo un delito de allanamiento de morada o usurpación. El allanamiento de morada se produce cuando se ocupa una vivienda de residencia habitual. Está regulado en el artículo 202 de Código Civil. Podría dar lugar a penas de prisión entre 6 meses y dos años, y si además existe la violencia la pena pasa a ser de 1 a 4 años de prisión y una multa de 6 a 12 meses. El delito de usurpación es para los casos en los que la vivienda ocupada ilegalmente no es la habitual, está vacía o abandonada. Está regulada en el artículo 245 de Código Penal y conlleva una pena de prisión de 1 a 2 años si se produce con violencia, en caso contrario será una multa de 3 a 6 meses.


Vía civil:   
Se utiliza para recuperar el inmueble ocupado si es residencia habitual, cuando la denuncia se produce en el momento o en el día en que se produzca la okupación, la policía podrá actuar de inmediato y desalojar a los okupas. Sería un desahucio exprés.

También se emplea para recuperar la vivienda que esté vacía o abandonada. En este caso, se puede interponer una demanda de desahucio por precario. Bastará con probar que eres el titular del inmueble okupado. Si el ocupante no contesta y se comprueba la titularidad, será acordado el desahucio sin necesidad de celebración de juicio. Por tanto, siempre que no se conteste la demanda nos encontraremos ante un proceso rápido.


Por incumplimiento del contrato de alquiler


En este caso nos encontramos ante un desahucio de carácter civil. Es un proceso muy rápido en el que se recupera la titularidad de la vivienda ocupada ilegalmente sin necesidad de celebración de juicio mientras que la parte demandada no conteste. Cabe destacar que en el caso de desahucio por falta de pagos, el inquilino podrá paralizar el procedimiento si realiza el pago una vez presentada la demanda. Pero el arrendador puede interponer una nueva demanda si vuelve a dejar de pagar.


Consejos de seguridad para una vivienda susceptible de ser ocupada


Cómo dice el refrán “más vale prevenir que curar”, así que si tienes una propiedad y quieres evitar la situación de tener una vivienda ocupada ilegalmente, sigue estos consejos:

● Estate atento a la actividad que se produce alrededor de la vivienda. Si no es tu residencia habitual y tampoco vives cerca de ella, puedes pedir a alguien de confianza, como un vecino, que vigile la entrada de inmueble y te avise si sucede algo.
● Instalar una alarma es una de las mejores medidas para mantener alejados a los okupas.
● Mantén seguros los puntos de acceso al inmueble, puertas y ventanas debe estar completamente protegidas. Instalar una puerta antiokupa será una decisión de lo más acertada, son totalmente infranqueables por su estructura resistente.


Últimas Reflexiones

   
El número de ocupaciones ilegales en las viviendas ha crecido en los últimos años en España. Es el mayor temor para muchos propietarios. Tener una vivienda ocupada ilegalmente ocasiona gastos económicos derivados de proceso de recuperación, ansiedad y tener que esperar mucho tiempo para poder desalojar a los okupas. Existen varios tipos de desahucios en función de cada tipo de okupación.

Cuando se produzca la ocupación de un inmueble que es residencia habitual, estaremos ante un delito de allanamiento de morada y se podrá acudir a la vía penal para recuperarlo, pero si se denuncia en el mismo día en que se produce se puede realizar el desalojo inmediato por parte de la policía. Si la vivienda ocupada está vacía o abandonada se podrá recurrir a la vía civil. Con la nueva ley antiokupas, la vía civil es la más rápida siempre que el ocupante ilegal no conteste la demanda.

Si quieres que tu casa esté bien protegida frente a los okupas, lo mejor es instalar una puerta antiokupa de Acción Okupa.

¡Ahora ya sabes como se recupera una vivienda ocupada!


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